martes, 3 de noviembre de 2009

DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES Y AUXILIARES




AUXILIARES

Se da este nombre a las disciplinas que ayudan al jurista en sus estudios acerca del derecho y son las siguientes:
* SOCIOLOGIA DEL DERECHO: Se ocupa del hecho de la sociabilidad del hombre como un modo de su ser y existencia. Se dirige a las distintas formas de socialización o a las distintas maneras en que los hombres aparecen agrupados o meramente relacionados.
La sociología del derecho se define como una disciplina que tiene por objeto la explicación del fenómeno jurídico, considerado como hecho social.
* HISTORIA DEL DERECHO: Es una rama o capitulo de la historia general, o puede estar definida como la narración de los sucesos ocurridos en el pasado.
La historia del derecho solo tiene validez con 3 restricciones:
LA 1ERA; Obedece a la limitación de los conocimientos humanos acerca del pasado.
LA 2NDA; Es puramente convencional y consiste en referir la historia exclusivamente a sucesos humanos.
LA 3ERA; Limitación más importante, porque al investigador no le interesan todos los hechos ocurridos en el pasado, sino únicamente aquellos que han ejercido influencia considerable en el curso general de la vida humana (las hazañas del hombre).
* DERECHO COMPARADO: Esta disciplina consiste en el estudio comparativo de instituciones o sistemas jurídicos de diversos lugares o épocas, con el fin de determinar las notas comunes y las diferencias que entre ellos existen y derivar de tal examen conclusiones sobre la evolución de tales instituciones o sistemas y criterios para su perfeccionamiento y reforma.

ESPECIALES

La distinción entre derecho privado y publico es el eje en torno del cual gira la jurisprudencia técnica en su aspecto sistemático. Cada una de las dos grandes ramas divididas en varias disciplinas a las que suele darse el nombre de especiales. Pertenecen al publico los derechos constitucionales, administrativo, penal y procesal; Al privado, el civil y el mercantil.
DERECHO CONSTITUCIONAL.- el derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.
DERECHO ADMINISTRATIVO.- Es la relación del derecho publico que tiene por objeto especifico la administración publica.
La administración publica puede ser definida como actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de este tienden a las satisfacciones de intereses colectivos.
DERECHO PENAL.- Conjunto de normas que determinan los delitos las penas que el estado impone a los delincuentes y a las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.
Pena.- sufrimiento impuesto por el estado en ejecución de una sentencia al culpable de una infracción penal.
DERECHO PENAL DISCIPLINARIO Y DERECHO MILITAR
Derecho penal disciplinario.- es el mantenimiento de una conducta ajustada a los deberes y obligaciones que su reglamentación profesional les impone.
Derecho penal militar.- Conjunto de leyes que organizan la represión de las infracciones militares por medio de las penas.
DERECHO PROCESAL.- Es el conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho o casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa, ya con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaren la existencia de la determinada obligación y en caso necesario que se haga efectiva.
DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO.- Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.
DERECHO CIVIL.- Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento, mayoría, matrimonio) y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes (capacidad, deudas y créditos) o en relación con las cosas (propiedad, usufructo, etc.)
Derecho de las personas
Derecho familiar
Derecho de los bienes
Derecho Sucesorio
Derecho de las obligaciones
DERECHO MERCANTIL.- Es el conjunto de normas relativas a los comerciantes y a los actos de comercio.
“La rama del derecho que estudia los preceptos que regulan los comercios y las actividades asimiladas a el, y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas”.
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.- conjunto de normas que indican en que forma debe resolverse, en materia privada, los problemas de aplicación que derivan de la pluralidad de legislaciones.
DERECHO AGRARIO.- rama del derecho que contiene las normas reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura.
DERECHO DEL TRABAJO.- conjunto de normas que rigen las relaciones entre trabajadores y personal.
DERECHO AEREO.- Es la disciplina que estudia las normas relativas a la navegación aérea, a las aeronaves y el espacio aéreo, como elementos indispensables de tal navegación.

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