Se denomina así a aquellas normas que regulan la conducta llamada “de fondo”; dicho en otras palabras, este tipo de normas no regulan cuestiones de procedimiento, sino netamente las cuestiones “técnicas” según la rama del derecho de que se trate.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Seguidores
Archivo del blog
-
▼
2009
(23)
-
▼
noviembre
(23)
- NORMAS JURIDICAS
- FUENTES FORMALES DEL DERECHO
- FUENTES FORMALES DEL DERECHO
- SISTEMA JURIDICO Y JERARQUIZACION NORMATIVA
- DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES Y AUXILIARES
- CLASIFICACION DEL DERECHO
- Derecho Adjetivo Y Sustantivo
- DERECHO ADJETIVO
- DERECHO SUSTANTIVO
- DERECHO PERSONAL
- DERECHO REAL
- DERECHO PUBLICO
- DERECHO PRIVADO
- DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO
- DERECHO VIGENTE
- DERECHO POSITIVO
- DERECHO NATURAL
- CLASIFICACION DE LA NORMA JURIDICA
- CONVENCIONALISMO SOCIAL
- NORMAS RELIGIOSA
- Normas morales
- Tipos de normas
- Qué es derecho?
-
▼
noviembre
(23)
No hay comentarios:
Publicar un comentario